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¿Qué es el plagio? Qué dice la ley argentina y cómo reclamar (2026)

Actualizado al 23 de septiembre de 2026 · Por Guillermo Navarro, abogado especialista en propiedad intelectual

El plagio es presentar como propia una obra ajena, total o parcialmente, ocultando o reemplazando el nombre de su verdadero autor. En Argentina no existe un delito llamado «plagio», pero la conducta está alcanzada por la Ley 11.723 de Propiedad Intelectual: el artículo 72 inciso c) castiga a quien edite, venda o reproduzca una obra suprimiendo o cambiando el nombre del autor, y el autor puede reclamar además el cese de la infracción y una indemnización por daños.

En pocas palabras

  • Plagiar es apropiarse de la autoría de una obra ajena, no solo copiarla.
  • La ley protege la forma de expresión, no las ideas en sí (art. 1, Ley 11.723).
  • Citar es legal si se hace con fines de comentario, crítica o enseñanza, con límites y indicando la fuente (art. 10).
  • El plagio puede ser delito (arts. 71 y 72) y también generar responsabilidad civil.
  • Registrar la obra y conservar pruebas de fecha cierta es la mejor defensa.

De dónde viene la palabra «plagio»

La palabra tiene un origen que explica bien el problema. Según el Diccionario de la lengua española, proviene del latín tardío plagium, que designaba la acción de robar esclavos o de vender como esclavos a personas libres. Por eso la RAE registra dos acepciones: la más conocida, copiar obras ajenas, y otra, usada en varios países de América Latina, que equivale a secuestrar a una persona.

Esa doble raíz no es casual. El derecho de autor está ligado a la personalidad de quien crea: quien plagia no solo toma un texto, una foto o una canción, sino que «secuestra» la paternidad de la obra y se la atribuye. Por eso el plagio afecta tanto los derechos patrimoniales (la explotación económica) como los derechos morales del autor.

Definición de plagio según la Real Academia Española

Qué dice la ley argentina sobre el plagio

La Ley 11.723 no usa la palabra plagio, pero regula todas sus variantes:

  • Artículo 71: reprime con la pena del artículo 172 del Código Penal (prisión de un mes a seis años) a quien «de cualquier manera y en cualquier forma defraude los derechos de propiedad intelectual».
  • Artículo 72, inciso c): es un caso especial de defraudación editar, vender o reproducir una obra suprimiendo o cambiando el nombre del autor, el título o alterando dolosamente su texto. Es la figura que mejor describe el plagio.
  • Artículo 72, inciso a): alcanza la reproducción sin autorización del autor, aunque se respete su nombre.
  • Artículos 51 y 52: aun cuando el autor haya cedido los derechos económicos, conserva el derecho a exigir que se respete su nombre, el título y la fidelidad del texto. Es el núcleo del derecho moral.
  • Artículo 79: permite pedir al juez medidas urgentes, como la suspensión de la publicación o el secuestro de los ejemplares.

En paralelo, el Código Civil y Comercial habilita a reclamar la reparación del daño material y moral causado por la infracción.

Plagio, copia no autorizada y cita: no son lo mismo

Conducta Qué pasa con la autoría ¿Es legal?
Plagio Se oculta o se reemplaza el nombre del autor No. Infracción penal (art. 72 inc. c) y civil
Copia o reproducción no autorizada Se mantiene el nombre, pero no hay permiso No, salvo licencia o excepción legal (art. 72 inc. a)
Cita (derecho de cita) Se indica autor y fuente Sí, con fines didácticos, científicos, de comentario o crítica, hasta mil palabras de obras literarias u ocho compases musicales (art. 10)
Inspiración en una idea No se toma la expresión concreta Sí. Las ideas, métodos y conceptos no están protegidos en sí mismos (art. 1)

La frontera más discutida en los tribunales es la del plagio parcial o encubierto: cuando se toman la estructura, los personajes, las secuencias o fragmentos sustanciales de una obra y se los reescribe con otras palabras. Lo que se evalúa no es la cantidad de palabras idénticas, sino si se reprodujo la expresión original y lo que hace única a la obra.

Casos frecuentes de plagio en 2026

Plagio e inteligencia artificial

Las herramientas de inteligencia artificial generativa agregaron un problema nuevo: textos o imágenes que reproducen partes sustanciales de obras ajenas, o personas que hacen «reescribir» con IA un contenido protegido para presentarlo como propio. Pasar una obra por una herramienta de IA no elimina la infracción si el resultado reproduce la expresión original. Y quien firma el contenido como propio sigue siendo responsable frente al autor.

Al mismo tiempo, la IA facilita detectar el plagio: los buscadores de imágenes inversas y los comparadores de texto permiten encontrar copias en minutos y reunir pruebas.

Qué hacer si plagiaron tu obra

  1. Reunir pruebas: capturas con fecha, enlaces, copias del contenido publicado y, si es posible, una constatación notarial o un acta de constatación digital.
  2. Acreditar tu autoría y la fecha: el registro en la Dirección Nacional del Derecho de Autor, un depósito con fecha cierta o servicios como Safe Creative ayudan a demostrar que la obra es tuya y anterior.
  3. Pedir la baja en plataformas: redes sociales, buscadores y proveedores de hosting tienen procedimientos de denuncia por infracción de derechos de autor.
  4. Enviar una intimación formal (carta documento) exigiendo el cese, el reconocimiento de la autoría y, en su caso, una compensación.
  5. Iniciar acciones judiciales: medidas cautelares para retirar el contenido (art. 79), reclamo civil por daños y, según el caso, denuncia penal (arts. 71 y 72).

Cómo prevenir el plagio

  • Registrar las obras antes de publicarlas o difundirlas.
  • Firmar las obras y usar metadatos o marcas de agua en fotografías e imágenes.
  • Establecer por escrito, en contratos con clientes, colaboradores y empleadores, quién es el titular de los derechos y cómo debe mencionarse al autor.
  • Monitorear periódicamente la web para detectar copias.

Preguntas frecuentes sobre plagio

¿El plagio es delito en Argentina?

Sí. Aunque la ley no usa la palabra «plagio», el artículo 72 inciso c) de la Ley 11.723 considera defraudación reproducir una obra suprimiendo o cambiando el nombre de su autor, con la pena del artículo 172 del Código Penal (prisión de un mes a seis años).

¿Cuántas palabras se pueden copiar sin que sea plagio?

No hay una cantidad «segura». El derecho de cita del artículo 10 permite incluir hasta mil palabras de obras literarias o científicas, solo con fines didácticos, científicos, de comentario o crítica, en la medida indispensable y siempre indicando autor y fuente. Copiar menos palabras sin citar puede ser plagio igual.

¿Copiar una idea es plagio?

No. La Ley 11.723 protege la expresión de las ideas, no las ideas en sí mismas. Sí puede haber infracción si se toma la forma concreta en que otra persona desarrolló esa idea.

¿Necesito haber registrado la obra para reclamar?

No. El derecho de autor nace con la creación de la obra. El registro no es obligatorio para reclamar, pero facilita probar la autoría y la fecha.

¿Usar inteligencia artificial para reescribir un texto evita el plagio?

No. Si el resultado reproduce la expresión original de otra obra, sigue habiendo infracción, y la responsabilidad es de quien publica o se atribuye ese contenido. Sobre estos casos es importante informarse y realizar una consulta especifica.

¿Necesitás ayuda con un caso de plagio?

Asesoro a autores, fotógrafos, diseñadores, desarrolladores y empresas en la protección de sus obras y en reclamos por plagio y uso no autorizado. Conocé más sobre el asesoramiento en derechos de autor o escribime:

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