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Temas de propiedad intelectual

 

 

 

 

 

 

 

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  • Temas relacionados con marcas y patentes
  • Asistencia con contratos de confidencialidad
  • Asesoramiento en temas de derechos de autor y registros de derecho de autor

Como resultado de esto, nuestros abogados especialistas en derechos de imagen en internet, te van a ayudar!

Sobre nosotros: Somos un estudio jurídico de propiedad intelectual, como resultado nuestra práctica está especialmente centrada en estos temas.  Llevamos más de quince años en el mercado. Lo más notable es nuestra dedicación a poder entender el negocio de nuestros clientes.. 

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Guillermo Navarro

 

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BILDENLEX ABOGADOS I PROPIEDAD INTELECTUAL

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Llego el día, la hora el minuto.

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Aqui van a poder encontrar mucha información: 

Asesoramiento en Propiedad Intelectual quiere compartir esta gran noticia!

Innovación en servicios jurídicos

BILDENLEX ABOGADOS es el resultado de la innovación jurídica para las necesidades del mundo digital y sus requerimientos y haciendo foco en la propiedad intelectual y el derecho tecnológico.

A la vez brindamos servicios tradicionales para empresas, emprendedores y personas en general.

La realidad tecnológica nos permite innovar, desarrollar y pensar en un cambio del abordaje de los temas legales y también en volver a las fuentes donde el estudio de abogados trabaja a la par de los clientes entendiendo los procesos y asistiendo en las necesidades.

Creamos y potenciamos nuestro laboratorio de Innovación jurídica para poder dar respuesta a las necesidades tecnológicas de nuestros clientes ofreciendo soluciones combinadas y seleccionando a los mejores profesionales en cada uno de los rubros.

Confiamos en nuestra capacidad para trabajar en desarrollar negocios y anticipar conflictos, permitiendo un crecimiento profesional de las actividades de quienes confían en nosotros.

Muchas gracias por acompañarnos en esta nueva etapa

Guillermo Navarro

BILDENLEX ABOGADOS
PROPIEDAD INTELECTUAL
Lavalle 1569 Piso 2 Oficina 205
Ciudad de Buenos Aires – Argentina
Cel: +5411 2472-1302
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BLOQUEOS DE USUARIOS EN CUENTAS OFICIALES

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SOBRE MANUALES DE ESTILO EN REDES SOCIALES Y MANEJO DE CUENTAS OFICIALES

Hoy a primera hora presente reclamo administrativo en Presidencia de la Nación y Jefatura de Gabinete de Ministros sobre el uso de las cuentas oficiales de Twitter o de Facebook donde se ha aplicado en forma discrecional el bloqueo de cuentas de personas que opinaban o no estaban a favor del uso no institucional de las mismas.

Creo que es la primera presentación en términos de derecho administrativo reclamando el cumplimiento de términos y condiciones de las herramientas informáticas o que se ponga en conocimiento la reglamentación del uso de las cuentas oficiales y la política de bloqueos y seguimiento de personas en dichas cuentas. Este caso concreto tramita por mi bloqueo en la cuenta de @CasaRosadaAr en twitter.

 

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Hay varios matices técnicos a tener en cuenta pero se ha presentado desde el profundo respeto a las cuestiones de gobierno abierto y políticas de comunicación de gobiernos.

La idea es que estas acciones tengan un resultado y asimismo por la característica del tema se han ofrecido soluciones para la contestación del recurso.

Agradezco a los amigos que vieron el escrito y me hicieron sugerencias y agregados.

El escrito está disponible para cualquier persona que lo solicite

Guillermo Navarro

Link al Escrito Modelo-Se-Presenta-Solicita-Desbloqueo-de-Cuentas-PODER-EJECUTIVO-NACIONAL

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Un zoom a la letra chica de las webs de fotos

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Con los blogueros abogados y amigos  de Sergio Mohadeb (@dzapatillas) y Jorge Morell Ramos (@Jorge_Morell) hicimos esta comparativa de los términos y condiciones de las webs de fotos

 

>>Si usás Twitter, Instagram, Google+ y Google Photos, Tumblr, Flickr, Pinterest, Flickr, Facebook, Snapchat ó 500px te conviene saber cuáles son las implicancias de subir una foto. ¿Qué derechos ganan ellos con tus fotos, cuando hacés click en “aceptar” sus términos y condiciones? Lo reseñamos a continuación.

Como conclusión general, todos las empresas se reservan el derecho de cambiar los términos cuando se les plazca. Por eso, vean también el nuevo Boletín de Términos y Condiciones. Es una herramienta, desarrollada por Jorge Morell Ramos y Alberto de Rodrigo, para monitorizar casi en tiempo real los términos y condiciones de miles de servicios y así tenerlos vigilados. Y es que si bien esto es lo que dicen hoy, pueden cambiar y además sin avisar.

Cuadro armado por Sergio Mohadeb (@dzapatillas), Guillermo Navarro (@GuilleNavarro) y Jorge Morell Ramos (@Jorge_Morell), abogados.<<

Aquí el comparativo: Un zoom a la letra chica de las webs de fotos en la pagina de Derecho en Zapatillas

 

 

 

Bootcamp: Términos y Condiciones para #Startups

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El próximo miércoles 30 de septiembre a las 19 hs en la La Maquinita Co. voy a estar compartiendo con uds un Bootcamp sobre Términos y Condiciones para Startups organizado por Incutex Company Builders and Coworking Bs As.

 

BOOTCAMP: TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA TU STARTUP

Este bootcamp abordará con conocimientos teóricos y prácticos las formas de protección para desarrolladores, diseñadores, administradores, community managers, emprendedores y tomadores de decisiones.  Todo lo que necesitas saber para no meter la pata con privacidad y acceso a la información:

 

1.       Protección de actividades en la Industria Tecnológica.

2.       Desburrándonos en desarrollo de términos y condiciones.

3.       Redes Sociales y comunicación de actividades a comunidades virtuales.

4.       Privacidad y acceso a la información. Cómo el estado puede/debe protegerte.

5.       Problemáticas y delitos (evitables) por medio de elementos electrónicos.

6.       Derecho a la imagen en sistemas informáticos. La problemática del uso de las imágenes en redes sociales o, por qué no podes agarrar cualquier imagen de Google y usarla en campañas/webs/apps.

 

Inscripcion: EVENTIOZ

¿Es legal subir fotos que encontraste?

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Foto encontrada en Elcano y Zapiola, Colegiales

Publicación originalmente pensada para el grupo de Facebook “Negativos Encontrados” un lugar donde se suben diferentes imágenes de fotos que se encuentran en la calle. La discusión jurídica puede ser muy interesante, bueno, al menos a mí me parece muy interesante.

Hay que observar y remarcar y entender algunas pequeñas cosas que quedarían como esa famosa letra chica que nadie lee. Si bien parece una actividad inocente, no lo es. Pero ojo no te enojes con el post o con el

autor porque tiene cosas divertidas y la respuesta quizás te haga enojar y abandonar tu actividad o mirarla con otros ojos.

Las leyes que regulan a las fotografías e imágenes hoy son varias. Por un lado tenemos a la Ley de Propiedad Intelectual ley 11723 en su artículo 36 y el Nuevo Código Civil  en el art. 53, La Ley de Protección de datos personales ley 25326 en Argentina pero como la actividad informática no respeta las fronteras políticas tenemos todas las regulaciones o autorregulaciones que ponen los servicios donde posteamos (Facebook, twitter, Instagram, etc.) o intercambiamos información.

Las fotos sin bien tienen la regulación determinadas más arriba, cuand

o las encontramos en una esquina, en un tacho, junto a otros papeles, volando en una esquina o simplemente atrás de un árbol – como me hacían creer mis viejos cuando era chico que los regalos estaban ahí- son en términos latinos res nullius o en términos de los mortales una cosa de nadie, es de quien la encuentra y tiene derecho a utilizarla. Es el señor o la señora de la foto por poseerla (es un tesoro).

La parte jurídica viene de la época de los romanos cuando en la red social de esa época, el foro, uno decía “oh me he encontrado una imagen” y todos decían es tuya ya que tenes la posesión y otro comentaba se parece a Corbatita.

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 ¿Podría alguien quejarse de esto en términos legales? Si. Podría, pero no tendría ninguna consecuencia legal dado que con la solicitud del pedido de baja de esa imagen finalizaría el conflicto.

Si uno encuentra – y eso quiere decir de buena fe y sin querer ese hecho- una imagen (negativo, foto, digital) la posee y puede en ese caso publicarla como propia sin fines comerciales. Esto es importante dado que el fin comercial puede inclinar todo para el lado donde pese más por vulnerar los derechos económicos de la persona. La doctrina – los ríos de tinta- y la jurisprudencia – los casos resueltos en tribunales- no tienen aún una resolución de esto. A algunos programas de la tarde les preocuparía una resolución de esto.

Los medios como Facebook o Twitter ante el pedido de baja que realiza el interesado u otra persona por pedido del interesado dan de baja la publicación, y ahí termina el caso.

El punto legal para reafirmar es que lo que no está prohibido está permitido por lo tanto no es tan complejo estructurar la respuesta. Es legal. Pero ¿es tan legal como parece?, bueno no, y mientras se cumplan esos parámetros explicados no habría conflicto. Si lo hay, bueno así funciona el mundo y gracias a estas cosas los abogados le damos de comer a nuestras familias. Esta es la letra chica.

Guillermo Navarro

https://about.me/guillermonavarro

@guillenavarro